Recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) cuestionan la laxa normativa existente en España para evitar la concatenación fraudulenta de la contratación temporal que debe estar justificada en orden a cubrir servicios no permanentes y que afecta no sólo a un gran número de empleados en el sector público sino también en el privado. El TJUE ha resuelto recientemente en los asuntos C-184/15, C197/15, C-16/15, C-596/14 y C-631/15 que la normativa española de contratación temporal para la realización de servicios determinados de naturaleza coyuntural vulnera el Derecho Europeo, y en concreto la Directiva Acuerdo marco de la CES
MARTA MORENO
Noticias más vistas
- 01ZIV firma el mayor contrato de su historia para digitalizar la red eléctrica griega
- 02LKS Next Corporate acompaña a Inmolecule en su debut bursátil en Euronext Access París
- 03Irundin refuerza su liderazgo con la integración de Mecanizaciones Alavesas y una inversión de seis millones de euros hasta 2026
- 04Lexcrea consolida su presencia en Euskadi con nueva sede en Bilbao e incorpora a Guillermo Gutiérrez Marco como socio director
- 05Las tres principales agencias de calificación suben el rating de BBVA