"Capital social y “saber hacer”"
AINTZANE GONZÁLEZ. Abogada Gomez-Acebo & Pombo, Bilbao
- Aintzane González
- 05-Mayo-2020
El artículo 58 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) establece de forma, en principio, meridianamente clara qué bienes pueden, y cuáles no, ser objeto de aportación a una sociedad de capital. Así, establece que se podrán aportar únicamente bienes o derechos patrimoniales que sean susceptibles de valoración económica y, en ningún caso, podrá ap