En primer lugar, debemos señalar que la Ley 49/1960, de 21 de julio de Propiedad Horizontal y posteriores modificaciones (LPH) sí prevé el requisito del acuerdo unánime de la comunidad de propietarios para que el dueño o el inquilino de un local comercial pueda llevar a cabo obras que modifiquen los elementos comunes del edificio del que forma parte (artículo 17.6). Asimismo, la indicada LPH también regula los límites legales aplicables a las obras de un piso o local que afectan a los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios, como son que no menoscaben o alteren la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración
Marina Martínez Plaza
Noticias más vistas
- 01Kutxabank coloca 750 millones de euros en cédulas hipotecarias a siete años
- 02La Diputación Foral de Bizkaia aprueba el proyecto de Norma Foral de Medidas Tributarias 2026
- 03Adinberri Longevity Forum reunirá en Donostia a los principales referentes internacionales para impulsar la nueva longevidad
- 04Tecnalia impulsa una nueva generación de plataformas fotovoltaicas flotantes marinas más duraderas y sostenibles
- 05Mubil y las empresas referentes de Euskadi trazan una visión compartida para anticipar y liderar la transformación de la movilidad

