Ya está en vigor una nueva normativa europea en materia laboral

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La nueva normativa europea en materia laboral ya está en vigor. Los Estados miembros tenían hasta el 1 de agosto de 2022 para incorporar a su derecho interno la Directiva 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea. La directiva pretende proteger los derechos laborales de los trabaja- dores. Por ello, exige que los empleadores informen por escrito, y a más tardar en el plazo de una semana desde su primer día de trabajo, de los elementos básicos de la relación laboral, incluyendo (entre otros): (i) duración de la jornada o la semana laboral habitual (si el ritmo de trabajo es previsible) y (ii) el salario básico, cualquier otro componente de la remuneración y la frecuencia y el método de trabajo. Igualmente, disponen de un mes para informar de los siguientes elementos: (i) duración de las vacaciones retribuidas, (ii) convenios colectivos que regulan las condiciones laborales del trabajador, (iii) identidad del órgano de seguridad social que recibe las contribuciones sociales y (iv) plazos de preaviso en caso de terminación de la relación laboral. Por otra parte, la directiva establece una serie de derechos mínimos para los trabaja- dores: (i) limitación de la duración de los períodos de prueba a seis meses al comienzo del empleo o (ii) derecho a solicitar, transcurridos seis meses de servicio con el mismo empleador, un trabajo con condiciones más seguras y previsibles. Puesto que España aún no ha transpuesto en derecho interno la citada directiva, la Comisión Europea decidió en septiembre incoar un procedimiento de infracción contra este país.

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