Un nuevo decreto actualiza la normativa sobre la ITE

La ITE se exige a edificios con 50 o más años de antigüedad.

El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno vasco ha actualizado y refundido toda la normativa sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en un nuevo decreto. El texto reforma el anterior decreto de 2012 y su posterior modificación de 2014, clarifica diversas cuestiones que dificultaban la realización de las ITE en todos los edificios obligados y agiliza el procedimiento para evaluación y comprobación de las inspecciones.
Asimismo, se adapta a las nuevas exigencias en materia residencial y a los contenidos de la Ley de Vivienda de 2015, que regula extensamente la ITE en su artículo 52, considerándola “una herramienta esencial para preservar el patrimonio edificado por parte de los propietarios e impulsar la rehabilitación de edificios y regeneración de áreas urbanas”.

El nuevo texto clarifica algunas cuestiones y

agiliza el procedimiento de evaluación y

comprobación de las inspecciones

El nuevo decreto, que consta de 24 artículos agrupados en siete capítulos, dos disposiciones adicionales y una disposición transitoria, establece los criterios y requisitos que debe cumplir la ITE de uso predominantemente residencial, desarrollando contenidos relativos a las personas físicas o jurídicas obligadas a pasar la ITE; los técnicos y entidades habilitadas para realizarla; los informes que configuran la inspección, así como los procedimientos y plazos para su realización; las consecuencias derivadas del incumplimiento, y el Registro de inspecciones técnicas de los edificios de la Comunidad Autónoma. El Gobierno confía en que las modificaciones y mejoras introducidas en el decreto impulsen la realización de las ITE, facilitando la tarea de los técnicos y los trámites que corresponden a Ayuntamientos y propietarios.

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