Desaparece el contrato específico de la construcción

Uno de los cambios que ha traído la reforma laboral, en lo que a la construcción se refiere, es la modificación de la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector, lo que sitúa a las empresas ante un nuevo escenario en la relativo a la contratación laboral. Desde el 31 de diciembre de 2021 ya no existe el ‘contrato fijo de obra’, modalidad contractual temporal propia de la construcción, sobre la que se ha articulado la contratación laboral en el sector durante los últimos lustros. Ahora, a diferencia de lo que sucedía hasta finales del pasado año, la modalidad contractual propia del sector será la indefinida. Un estudio realizado por la plataforma de rehabilitación ‘habitissimo’ señala que con la nueva fórmula se convertirán en indefinidos hasta 314.000 contratos temporales en la construcción.

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