El Gobierno vasco aprueba el Proyecto de Ley de Cajas
- Estrategia Empresarial
- 22-Septiembre-2015
El Gobierno vasco ha dado luz verde al proyecto de ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias de Euskadi que a partir de ahora será remitido al Parlamento para su debate y, en su caso, aprobación.
La nueva reglamentación legal persigue, de una parte, adaptar la normativa actual en materia de cajas de ahorros de la CAV a la ley básica estatal de cajas y fundaciones bancarias y, por otro lado, establecer la regulación del régimen jurídico de las propias fundaciones bancarias de Euskadi, entidades jurídicas de nueva creación, adaptándolas a la misma normativa básica estatal.
La nueva reglamentación legal persigue, de una parte, adaptar la normativa actual en materia de cajas de ahorros de la CAV a la ley básica estatal de cajas y fundaciones bancarias y, por otro lado, establecer la regulación del régimen jurídico de las propias fundaciones bancarias de Euskadi, entidades jurídicas de nueva creación, adaptándolas a la misma normativa básica estatal.
Adapta la normativa actual
a la ley básica estatal y
regula las fundaciones
Por lo que a la regulación de las Cajas de Ahorros se refiere, el proyecto mantiene en términos similares la estructura y contenido de la norma hoy vigente en aspectos tales como la naturaleza y funciones de las cajas, creación, fusión y liquidación de las mismas.
Por lo que se refiere a las Fundaciones Bancarias, la nueva ley contempla los elementos fundamentales que conforman la actividad de las mismas, esto es, sus estatutos, la dotación fundacional y el patrimonio de la fundación. En cuanto a los órganos de gobierno, se regulan el patronato, su composición, los patronos, y se establecen los requisitos de los mismos, en términos similares a los requeridos a los integrantes del consejo de administración de las cajas de ahorros.
Por lo que se refiere a las Fundaciones Bancarias, la nueva ley contempla los elementos fundamentales que conforman la actividad de las mismas, esto es, sus estatutos, la dotación fundacional y el patrimonio de la fundación. En cuanto a los órganos de gobierno, se regulan el patronato, su composición, los patronos, y se establecen los requisitos de los mismos, en términos similares a los requeridos a los integrantes del consejo de administración de las cajas de ahorros.