Ampliadas a 6,4 millones de euros las ayudas para la mejora energética y la competitividad de las empresas turísticas

Permitirán la renovación tanto de los edificios destinados a establecimientos de alojamiento turístico como a aquellos otros vinculados al sector

Foto: Freepik

Tras la publicación en el Boletín Oficial de Euskadi de las nuevas bases del Programa de Ayudas para Proyectos de Eficiencia Energética de Empresas Turísticas de Alojamiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la dotación del programa ha sido ampliada hasta los 6,4 millones de euros.
Además, el programa incluye modificaciones sustanciales respecto a la primera convocatoria, entre las que destacan:
     Se amplía la tipología de proyectos financiables que originalmente estaba limitado a establecimiento de alojamiento turístico definidos en la Ley 13/2016 de Turismo en Euskadi, incluyendo aquellas actuaciones realizadas en edificios con actividades económicas vinculadas al sector turístico que cuenten con alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):
         • 4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros. 
         • 4932 Transporte por taxi. 
         • 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros NCOP. 
         • 5010 Transporte marítimo de pasajeros. 
         • 5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores. 
         • 5110 Transporte aéreo de pasajeros. 
         • 5221 Actividades anexas al transporte terrestre. 
         • 5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores. 
         • 5510 Hoteles y alojamientos similares. 
         • 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia. 
         • 5530 Campings y aparcamientos para caravanas. 
         • 5590 Otros alojamientos. 
         • 5610 Restaurantes y puestos de comidas. 
         • 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos. 
         • 5629 Otros servicios de comidas. 
         • 7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros. 
         • 7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos. 
         • 7911 Actividades de las agencias de viajes. 
         • 7912 Actividades de los operadores turísticos. 
         • 7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos. 
         • 8230 Organización de convenciones y ferias de muestras. 
         • 855 Otra educación. 
         • 9004 Gestión de salas de espectáculos. 
         • 9102 Actividades de museos. 
         • 9103 Gestión de lugares y edificios históricos. 
         • 9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales. 
         • 9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos. 
         • 9329 Actividades recreativas y entretenimiento.
     Se amplían y se flexibilizan las actuaciones subvencionables incluyendo la fotovoltaica y eólica con o sin almacenamiento, y se permite la incorporación de sistemas térmicos renovables sin necesidad de que se produzca una sustitución completa de los equipos actuales.
     Se reduce la inversión mínima por solicitud a 3.000 euros y se amplían los importes máximos de las ayudas que el beneficiario puede percibir por expediente a 300.000 euros y por solicitante 500.000 euros.
      Se reducen las exigencias energéticas y se flexibiliza la exigencia de que las actuaciones financiables deban realizarse sobre edificios construido con anterioridad al 1 de enero 2020.
El plazo de presentación de las solicitudes concluirá el 31 de diciembre de 2024, y las actuaciones deberán estar ejecutadas, facturadas y justificadas como fecha limite el 30 de abril de 2025. 
El programa de ayudas persigue acelerar la renovación tanto de los edificios destinados a establecimientos de alojamiento turístico como a aquellos otros vinculados al sector, e incrementar la competitividad de las empresas turísticas de Euskadi. Los proyectos que se desarrollen mediante el impulso de este programa de ayudas permitirán la incorporación de estándares en materia de eficiencia energética y economía circular, para reducir así su huella de carbono y los costes energéticos.
Las ayudas están destinadas a personas propietarias y a empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de establecimientos o edificios ubicados en Euskadi que respondan a la descripción de establecimiento de alojamiento turístico recogida en la normativa sectorial, así como a otras actividades económicas vinculadas al sector turístico, que desarrollen las siguientes actuaciones: 
     Tipología 1 – Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 
     Tipología 2 – Implantación de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios. 
     Tipología 3 – Instalaciones fotovoltaicas y eólicas con o sin almacenamiento en modalidad de autoconsumo.
     Tipología 4 – Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
La tramitación completa de los expedientes relativos a este programa de ayudas (solicitudes, requerimientos, notificaciones, subsanaciones y demás gestiones) se realizará por medios electrónicos, haciendo uso de la aplicación de tramitación electrónica de Gobierno Vasco - Tramitagune y que se encuentra disponible en Euskadi.eus y en la página web del Ente Vasco de la Energía (https://www.eve.eus/).

Estrategia Energética de Euskadi 2030
Este programa de ayudas se desarrolla en el contexto de medidas aprobado por el Consejo Europeo en julio de 2020 para impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, que aúnan el futuro marco financiero plurianual para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») por valor de 750.000 millones de euros. 
A su vez, el Gobierno vasco ha establecido sus objetivos en materia de energía en la Estratégia Energética al año 2030, elaborada en consonancia con las principales tendencias y directrices internacionales y estatales. En ella se recoge una línea de actuación concreta a través de la cual es establecen las medidas pertinentes para reducir el consumo de energía e incrementar el uso de las energías renovables en los edificios.
En concreto, se plantean como objetivos, entre otros, que en el año 2030 se reduzca el nivel de consumo de energía primaria, respecto al año 2008, un 19% a través de la adopción intensiva de actuaciones en eficiencia energética en todos los sectores consumidores de energía, e incrementar el aprovechamiento de las energías renovables, de manera que se alcance una cuota de representatividad del 21% en la estructura de consumo final.

 

Más noticias de Actividad empresarial / Enpresa jarduera