BBK creará un Fondo de Estabilización para blindar su Obra Social y patrimonio
- Estrategia Empresarial
- 20-Junio-2017
El presidente de la entidad, Xabier Sagredo (en el centro) anunció que el Fondo se traducirá en inversiones mayoritariamente locales.
BBK creará un Fondo de Estabilización que garantice la estabilidad a futuro del presupuesto de la Obra Social y fortalezca el patrimonio de la fundación. Según avanzó el presidente de la Fundación bancaria, Xabier Sagredo, esta decisión viene amparada por la aprobación, el pasado 26 de mayo, por parte del Consejo de Ministros del Real Decreto que posibilita que la Fundación Bancaria BBK disponga de un plazo de ocho años –tres más de los establecidos inicialmente- para dotar el Fondo de Reserva de 235 millones de euros exigido por el Banco de España.
Esta decisión supone un espaldarazo al proceso de desvinculación que las fundaciones bancarias están llevando a cabo respecto a las entidades de crédito de las cuales son accionistas, siendo este el principal objetivo perseguido por la Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias. Dicho objetivo es perfectamente independiente de aquel que persigue garantizar la solvencia de las entidades de crédito en las que participan mediante la constitución del citado Fondo de Reserva, y así se deja constancia en la exposición de motivos del propio Real Decreto.
Asimismo, el nuevo Real Decreto sitúa en el 30% el porcentaje de los dividendos percibidos anualmente que las fundaciones bancarias deben destinar como mínimo a la constitución del Fondo de Reserva, cuando la normativa hasta ahora en vigor situaba este porcentaje en el 50%.
Esta decisión supone un espaldarazo al proceso de desvinculación que las fundaciones bancarias están llevando a cabo respecto a las entidades de crédito de las cuales son accionistas, siendo este el principal objetivo perseguido por la Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias. Dicho objetivo es perfectamente independiente de aquel que persigue garantizar la solvencia de las entidades de crédito en las que participan mediante la constitución del citado Fondo de Reserva, y así se deja constancia en la exposición de motivos del propio Real Decreto.
Asimismo, el nuevo Real Decreto sitúa en el 30% el porcentaje de los dividendos percibidos anualmente que las fundaciones bancarias deben destinar como mínimo a la constitución del Fondo de Reserva, cuando la normativa hasta ahora en vigor situaba este porcentaje en el 50%.